Colombia: polémica por decisión de la JEP que beneficia a general condenado por desaparición forzada

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el mecanismo de justicia transicional creado en Colombia como parte del acuerdo de paz con la extinta guerrilla de las FARC, aceptó la solicitud del general en retiro Jesús Armando Arias Cabrales para acogerse a su sistema de justicia y ordenó su libertad condicional. La decisión despertó el rechazó de los familiares de las víctimas.

Imagen de archivo del Palacio de Justicia en el centro de Bogotá, Colombia.
Imagen de archivo del Palacio de Justicia en el centro de Bogotá, Colombia. © young shanahan / Creative Commons 2.0
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El general Jesús Armando Arias Cabrales estaba cumpliendo una condena a 35 años de prisión -que fue ratificada en septiembre de 2019 por la Corte Suprema de Justicia- por desapariciones forzadas durante la toma del Palacio de Justicia en 1985, cuando un comando de guerrilleros del extinto M-19 ingresó y tomó como rehenes a magistrados, servidores judiciales y visitantes y la Policía y el Ejército iniciaron un operativo de retoma. 

El general retirado lideró el operativo de retoma y la jurisdicción ordinaria lo señaló como uno de los responsables de desaparición forzada de cinco personas en el proceso el 6 de noviembre de 1985. 

Ese día, hombres de la guerrilla urbana M-19 se tomaron el edificio ubicado en el costado norte de la emblemática Plaza de Bolívar, en el centro de Bogotá. Entraron a la sala donde sesionaban los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y pretendieron ordenarles que iniciaran un juicio contra el entonces presidente Belisario Betancur. El Ejército inició un operativo para retomar el control del Palacio, forzó sus puertas con una tanqueta blindada y cruzaron disparos con los guerrilleros. La imagen del fuego y el humo saliendo por las ventanas de Palacio en la noche de aquel miércoles está grabada en la memoria de muchos colombianos. El operativo terminó al día siguiente.

En 2014, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado colombiano por este caso. Según la Corte IDH, el Estado colombiano era responsable por al menos 12 casos de desaparición forzada, por los casos de tortura a los que fueron sometidas cuatro personas detenidas arbitrariamente y acusadas de colaborar con el M-19, por la falta de diligencia en la búsqueda de justicia, y por no haber prevenido el riesgo, conocido por el Estado, en el que se encontraban los trabajadores del Palacio de Justicia en esa época. 

Los argumentos de la JEP para recibir a Arias Cabrales en su jurisdicción

La Jurisdicción Especial para la Paz aceptó el caso de Arias Cabrales en sus salas porque el Holocausto del Palacio de Justicia, como es reconocido el hecho en el país, ocurrió en el marco del conflicto armado interno que le corresponde investigar y juzgar. Además, el general (r) estaba a la cabeza de la Brigada XIII del Ejército y lideró el operativo de retoma de principio a fin, una distinción que para la JEP podría contribuir a la verdad sobre los hechos.

Según la resolución de la JEP, antes de revisar la condena a 35 años de cárcel, el general (r) Arias Cabrales debe acogerse al Sistema Integral de Justicia, Verdad, Reparación y no Repetición (SIJVRNR), un mecanismo con el que se busca reparar a las víctimas del conflicto en Colombia. Al respecto, dice la resolución de la JEP, “no es papel del SIVJRNR desandar los avances que, por la vía de condenas en firme, otras jurisdicciones han tenido en materia de verdad, justicia, reparación y no repetición”.   

Según el comunicado de la institución, para que Arias Cabrales pueda continuar con los beneficios de “libertad transitoria, condicionada y anticipada” debe presentar un compromiso “claro, concreto y programado de contribuciones” para responder a las víctimas. “Entre otros asuntos, deberá indicar cuál fue la suerte que corrieron las víctimas momentos previos a su desaparición”, dice la JEP y concluye que de no cumplir con estos compromisos será revocada la orden de libertad condicional.

Para el senador Roy Barreras, que ha respaldado el proceso de paz desde el gobierno del expresidente Juan Manuel Santos, la decisión de la JEP abre la puerta para que muchos de sus críticos reconozcan los beneficios del tribunal.

“Dilatar, dilatar y dilatar”: las víctimas critican a la JEP

“Me parece que es una afrenta para nosotros que se le conceda un privilegio sin haber aportado nada”, dijo a France 24 Helena Urán, hija del entonces magistrado auxiliar Carlos Horacio Urán, “cuando se supone que el propósito de la pusticia para la paz es que se le conceda verdad a las víctimas”. Según la Corte IDH, el padre de Helena Urán fue víctima de ejecución extrajudicial y desaparición forzada.  

La Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó que en la retoma del Palacio de Justicia del 6 y 7 de noviembre de 1985 hubo desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, tratos inhumanos y degradantes, además de casos de tortura. La Corte Suprema de Justicia confirmó en 2019 la condena contra Arias Cabrales por su papel como coautor en la desaparición de 11 personas, incluído el magistrado Urán. En todo el proceso en su contra, el general (r) Arias Cabrales negó que hubiese existido desaparición alguna durante la retoma. Según él, lo que ocurrió es que hubo irregularidades en la entrega de los cuerpos. 

Por eso hay quienes dudan que esa versión vaya a cambiar ahora. “¿Por qué va a cambiar?”, se pregunta Helena Urán, “lo que quieren es dilatar, dilatar y dilatar. Arias Cabrales tiene 80 años (...) y se va a morir con la verdad y no la va a contar al país”.

Algunas víctimas están considerando acreditar su condición ante la JEP para seguir de cerca el proceso del general retirado. Otras, como Helena Urán, dudan que se vayan a acoger a este beneficio porque desconfían de la voluntad de Arias Cabrales para contribuir con la verdad. “Uno tiene que poner límites”, concluye Urán, quien ahora desconfía de la idoneidad de la JEP para reparar a las víctimas del conflicto colombiano. 

Para ella, con la decisión de la JEP de recibir en sus tribunales al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, la jurisdicción especial “acabó con lo poquito que habíamos alcanzado de justicia en 35 años”. 

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